
Si estás en el proceso de formalización de un consultorio médico y/o otro establecimiento de apoyo en salud es necesario que presentes a la DIRIS/DIRESA/GERESA los Manuales y Procedimientos para la realización de las operaciones de tu establecimiento. En MEP (MiEmpresaPropia) te ofrecemos el servicio de elaboración, personalización y capacitación a tu equipo de colaboradores biomédicos. Además del acompañamiento de presentación de estos documentos ante las entidades respectivas (DIRIS/DIRESA/GERESA) luego del proceso de categorización y para la autorización de inicio de actividades.
Si quieres conocer sobre nuestros servicios para ayudarte en la gestión y creación de Manuales y Procedimientos para tu Consultorio Médico u otros establecimientos de salud puedes contactar al correo: info@mep.pe, llamar o escribir a los números/WhatsApp 992 788 782 / 982 129 871 / 964 380 713 / 967 751 409
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Entre estos documentos deberás elaborar tu GUÍA DE PRÁCTICAS CLÍNICAS que deberá ser personalizada de acuerdo con tus actividades. En MEP (MiEmpresaPropia) evaluamos tu negocio, nos reunimos con tu personal biomédico y lo desarrollamos juntos.
Guía de Prácticas Clínicas para establecimientos médicos y de salud (Requisito para DIRIS / DIRESA / GERESA)
Entre las principales características que debe tener están:
1. CONTEXTO
Las guías de práctica clínica son un conjunto de recomendaciones basadas en una revisión sistemática de la evidencia y en la evaluación de los riesgos y beneficios de las diferentes alternativas, con el objetivo de optimizar la atención sanitaria a los pacientes.
2. OBJETIVO
Estandarizar la toma de decisiones sobre la atención sanitaria más adecuada al abordar una patología específica.
3. BASE LEGAL
Se deben de señalar las leyes, reglamentos y normas establecidas por las autoridades nacionales respecto al manejo de las patologías que incluyamos en tus documentos de gestión.
4. NOMBRE Y CÓDIGO CIE-10
Debes indicar qué patologías consideras se presentarán más frecuentemente en tu establecimiento tras una revisión de la información epidemiológica de tu comunidad.
5. DEFINICIÓN
Se debe definir correctamente a cada patología indicando puntos tales como su fisiopatología, aspectos epidemiológicos importantes, entre otros.
6. FACTORES DE RIESGO
Es necesario indicar todos los factores de riesgo intrínsecos y extrínsecos asociados con el desarrollo de cada patología indicada.
7. CUADRO CLÍNICO
Toda patología tiene un conjunto de signos y síntomas que le identifican, desde los patognomónicos hasta los más comunes e inespecíficos. Es necesario indicar todos los que se asocien con cada patología en sus diferentes presentaciones clínicas.
8. DIAGNÓSTICO
Se deben de presentar todos los criterios diagnósticos evaluados en el paciente. También se incluyen los diagnósticos diferenciales que deben ser considerados dependiendo de cada patología.
9. EXÁMENES AUXILIARES
Ciertas patologías no pueden ser diagnosticadas puramente con observaciones clínicas. Para todas estas patologías se deben indicar los diferentes exámenes auxiliares que son requeridos, ya sean estos de laboratorio, imágenes, etc.
10. MANEJO
Desde medidas preventivas, terapéuticas, quirúrgicas u otras, se debe especificar las indicaciones que se le darán a los pacientes que sean diagnosticados con las patologías contempladas en nuestra guía.
11. COMPLICACIONES
Si una patología presentará desafíos de salud para el paciente en el futuro, es necesario registrarlos y estar preparados para podérselos transmitir durante las consultas de modo que puedan tomar decisiones informadas respecto a su salud.
12. PRONÓSTICO
Se debe de contar con un pronóstico para cada patología, el cual se le brindará al paciente respetando su derecho a ser informado acerca del desarrollo de su condición de salud.
13. CRITERIOS DE ALTA
Estos son los parámetros con los cuales determinamos que se haya concluido la patología tratada y que el paciente ha recobrado su salud.
14. CRITERIOS DE REFERENCIA
Estos son los parámetros con los cuales determinamos que la patología ha continuado su desarrollo y que ha alcanzado un estado en el cual requiere de ser manejada por un establecimiento con una mayor capacidad resolutiva que el nuestro.
15. CRITERIOS DE CONTRARREFERENCIA
Estos son los parámetros con los cuales determinamos que la patología ha sido mitigada y que por ende ha alcanzado un estado en el cual puede ser manejada por un establecimiento con una menor capacidad resolutiva que el nuestro.
RECUERDA que la Guía de Prácticas Clínicas es un requisito necesario para tener la aprobación de funcionamiento sectorial entregada por la DIRIS/DIRESA/GERESA del MINSA según corresponda. Además como ser parte esencial en la gestión de los recursos humanos de un centro de salud (el cual te ayudará ante cualquier discrepancia y validará tus intereses ante entidades como SUSALUD, SUNAFIL, MINTRA y otros).
Como empresa privada de salud o entidad de apoyo estas regulado por varias entidades como: MINSA (Ministerio de Salud), DIRIS (Dirección de Redes Integradas de Salud), DIRESA (Dirección Regional de Salud), GERESA (Gerencia Regional de Salud), SUSALUD (Superintendencia Nacional de Salud), RENIPRESS (Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud), UGIPRESS (Unidad de gestión de IPRESS), DIGESA (Dirección General de Salud Ambiental), DIGEMID (Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, ESSALUD (Seguro Social de Salud del Perú), IAFA (Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento de Salud), entre otras entidades.