Si quieres conocer sobre nuestros servicios para ayudarte en la gestión y creación de tu negocio de Casa de Cambio en el Perú puedes contactar al correo: info@mep.pe, llamar o escribir a los números/WhatsApp 992 788 782 / 982 129 871 / 964 380 713 / 967 751 409
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▶️ Asimismo, te invitamos a revisar nuestro Servicio de Formalización para Casas de Cambio en el Perú:https://www.mep.pe/formalizacion-de-una-casa-de-cambio-en-el-peru-nosotros-te-ayudamos/
¿Cómo abrir una Casa de Cambio en el Perú?
Temas importantes para la Creación y Gestión de una Casa de Cambio
- Recomendamos constituir una casa de cambio como persona jurídica (EIRL, SA, SAC o SRL). Y debes incluir en el objeto social en detalle tus actividades como “…Servicios de casa de cambio: dedicada a la compraventa de divisas o moneda extranjera, de manera: i) presencial, en un establecimiento con licencia de funcionamiento vigente para cambio de moneda extranjera expedida o ii) electrónica, a través de una plataforma virtual. Los servicios de casa de cambio de manera electrónica se realizan a través de diferentes plataformas como aplicaciones para celulares y tablets “Apps”, portales web, ChatBots para redes sociales y otros mecanismos virtuales…”. En MEP (MiEmpresaPropia) te ayudamos en todo el proceso de constitución (Minuta, Escritura Pública, Notaría y SUNARP) de tu casa de cambio.
- Las casas de cambio se pueden acoger a cualquiera de los cuatro regímenes tributarios existentes; previo cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en sus respectivas normas. En caso que se haya constituido como persona jurídica puede estar en el Régimen Especial (RE) y Régimen MYPE Tributario (RMT).
- En MEP te ayudamos los asientos contables, tipos de comprobantes y cálculo de impuestos específicamente para casas de cambio, entre los temas a considerar están:
(a) Las operaciones de compraventa de moneda nacional o extranjeras realizadas a través de casas de cambio, no se encontrarán gravadas con el IGV (INFORME N.° 057-2017-SUNAT/5D0000).
(b) Teniendo en cuenta que las operaciones de compraventa de moneda extranjera constituyen transferencias de bienes, las casas de cambio se encontrarán obligadas a emitir comprobantes de pago por la realización de tales operaciones. - Los ingresos derivados de las actividades de compra y venta de moneda extranjera, realizadas por las empresas dedicadas a dicho rubro, provienen de una fuente durable en estado de explotación y susceptible de generar ingresos periódicos; por lo que se enmarcan dentro del criterio de renta producto, y también del flujo de riqueza. Siendo ello así, los ingresos que obtienen tales empresas por la realización de operaciones de compra y venta de divisas se encuentran afectos al impuesto a la renta.
- A nivel laboral los colaboradores de una casa de cambio se pueden acoger al Régimen Laboral General (RLG) o Régimen Laboral Especial (RLE). Para acceder a este último tu empresa debe acreditarse como microempresa o pequeña empresa en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE).
- Independiente si tu casa de cambio es presencial (en un local) o virtual (a través de una página web, aplicativos para celulares u otros), por requisito de la SBS (Superintendencia de Banca y Seguros) debes tener una Licencia Municipal de Funcionamiento y Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE) proporcionado por INDECI. Dependiendo de la modalidad de operaciones que realices lo debes solicitar como “oficina administrativa” o “local comercial”, por lo que los requisitos del establecimiento y ubicación pueden variar de acuerdo al plano de zonificación e índice de usos. En la mayoría de los municipios el código será K 66121 o J 671904 (Índice de Usos).
- Las casas de cambio están bajo supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), a través de la Unida de Inteligencia Financiera (UIF), en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.
- Para ejercer las actividades descritas, las casas de cambio deben inscribirse en el Registro de Empresas y Personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda.
En MEP (MiEmpresaPropia) te ayudamos en la preparación y presentación del expediente junto con el ANEXO Nro. 1: Solicitud de inscripción en el Registro de Empresas y Personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda y Carta de Comunicación en la Mesa de Partes Virtual de la SBS.
▶️ Te invitamos a revisar nuestro Servicio de Formalización para Casas de Cambio en el Perú:https://www.mep.pe/formalizacion-de-una-casa-de-cambio-en-el-peru-nosotros-te-ayudamos/
Existen muchos otros temas importantes en el tema de formalización y gestión de casas de cambio como: apertura de cuentas bancarias, desarrollo de plataformas web y aplicativos móviles, distribución de locales para casa de cambios, cajas fuertes, sistemas de seguridad, sistemas de gestión, procedimientos del personal y entrega de reportes e informes a las entidades correspondientes.