«Conoce a tu cliente»: Como responder información solicitada por los bancos – Prevención de cierre de cuenta bancaria en Perú

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Actualmente dentro del Plan de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (LA/FT) de las entidades bancarias y por obligación de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), los bancos tienen la obligación de solicitar información adicional de tu negocio con la finalidad de mantener tus cuentas bancarias abiertas. Para ello te envían una carta denominada «Conoce a tu cliente».


DOCUMENTOS SOLICITADOS POR EL BANCO

A efectos de dar cumplimiento a la Ley Nº 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y Resolución SBS Nro. 2660-2015 «Reglamento de gestión de riesgos de lavado de activos y del financiamiento del terrorismo», el banco te enviará una carta y te dará un plazo de 5 a 10 días para presentar la siguiente información:

  • Actividad actual que realiza que le ha permitido efectuar operaciones significativas en los últimos meses.
  • Origen de los fondos relacionado a dichas operaciones (sustento documentario).
  • Breve Reseña histórica de la empresa.
  • Composición accionarial de la empresa, y en caso aplique, todas las minutas que reflejen los cambios de composición accionarial, detallando todas las empresas y personas que la conforman, hasta llegar a la persona natural (beneficiario final).
  • Fotocopia DNI de los representantes legales.
  • Adjuntar PDTs mensuales de los últimos 09 meses. PDT Anual de los dos últimos años. En caso pertenecer al régimen especial, presentar su reporte tributario de los últimos 02 años.
  • Acta de constitución de la empresa y todas las minutas que reflejen los cambios de composición accionaria.
  • Ficha RUC. Recibo de Servicios.
  • Registro como sujeto obligado ante la UIF. (Si es que corresponde)
  • Registro del Oficial de Cumplimento ante la SBS.
  • CV del Oficial de Cumplimiento.
  • Constancia de última capacitación del Oficial de Cumplimiento en temas PLAFT.
  • Evidencia documentaria de la debida diligencia que realiza a sus clientes al momento de la vinculación y durante sus operaciones.
  • Manual de Prevención de Lavado de Activos.
  • Detalle de localidades donde se encuentra operando.
  • Código de Ética
  • Cualquier otra información y/o documentación relacionada al origen de los fondos.En MEP (MiEmpresaPropia) desde hace 21 años hemos ayudado en la evaluación, formalización y crecimiento de más de 2,400 empresas en el Perú, especialmente para empresas SUJETO OBLIGADOS por la SBS. Además, ofrecemos servicios de consultoría en todos las etapas de este tipo de negocio.

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Entre las principales bancos que te van a solicitar esta información están:Banco de Crédito del Perú (BCP), Interbank, BBVA Perú, Scotiabank Perú, Banco Interamericano de Finanzas (BanBif), Banco GNB Perú, Banco Falabella, Banco Ripley, Mibanco, Banco Pichincha, Citibank Perú, ICBC Perú, y Banco de Comercio.

Además las Financieras y Cajas Municipales están iniciando este proceso de solicitud de información como: Algunas de las principales financieras y cajas municipales registradas en la SBS en Perú incluyen: Financiera Confianza, Financiera Credinka, Financiera Oh!, Financiera ProEmpresa, Financiera Compartamos, Financiera Qapaq, Financiera Efectiva, Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo, Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura, Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana, Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo, Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica, Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas, y Caja Municipal de Ahorro y Crédito del Santa.

Entre las principales normas legales emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) relacionadas con la prevención del lavado de activos en Perú incluyen: Ley N° 27693, que crea la UIF como órgano centralizado de análisis financiero, Ley N° 27765, que tipifica el delito de lavado de activos en el Código Penal, Resolución SBS N° 2660-2015, que aprueba el Reglamento para la Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo, Ley N° 29038, que establece la obligación de reportar operaciones sospechosas de lavado de activos a la UIF, Resolución SBS N° 838-2008, que implementa medidas de debida diligencia para la identificación de clientes, y el Decreto Legislativo N° 1249, que refuerza las facultades de la UIF en la lucha contra el lavado de activos.

 

 

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