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Contrato de Maquila Internacional
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Contrato de Maquila Internacional
Contrato de maquila de exportación, en lo sucesivo «EL CONTRATO», que celebran por una parte la empresa ____________, representada en este acto por el ____________ en su carácter de representante legal, a quien en lo sucesivo se le denominará «LA EMPRESA»; y por la otra comparece la sociedad mercantil ____________, representada en este acto por el ____________ en su carácter de representante legal, a quien en lo sucesivo se le designará «LA CONTRATISTA», al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:D E C L A R A C I O N E S
C L í U S U L A SOBJETOPRIMERA.- «LA EMPRESA» se obliga a contratar exclusivamente a «LA CONTRATISTA» para que ésta lleve a cabo en su domicilio fiscal, el servicio de “confección de polos†conforme a las especificaciones técnicas que se convienen en los Manuales e Instructivos que como Anexos forman parte de este Contrato.CONFECCIÓNSEGUNDA.- Cuando «LA CONTRATISTA» no pueda llevar efectuar los servicios de confección, podrán ser llevados acabo por otra persona, previa autorización por escrito de «LA EMPRESA» a «LA CONTRATISTA», y del cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas aplicables a la «CONTRATISTA».
PRODUCTOS EN CONSIGNACIÓNTERCERA.- «LA EMPRESA» entregará a «LA CONTRATISTA» en consignación las partes y componentes necesarios para las confecciones de «LOS PRODUCTOS» a los que se les dará el servicio correspondiente, y podrá además entregar herramientas, refacciones, equipos y materiales para que se lleven acabo los citados servicios, bienes que en todo momento seguirán siendo propiedad de «LA EMPRESA».RETORNO AL EXTRANJEROCUARTA.- Una vez que «LA CONTRATISTA» hubiere realizado sus actividades de confección, «LOS PRODUCTOS», herramientas, refacciones, equipos y materiales deberán ser retornados a los lugares que «LA EMPRESA» indique, dentro de los plazos de permanencia establecidos en las disposiciones aduaneras del país de «LA CONTRATISTA».RETORNO DE DESPERDICIOSQUINTA.- Los desperdicios generados en los procesos productivos de los bienes otorgados en consignación por «LA EMPRESA», deberán ser retornados por «LA CONTRATISTA» a los lugares que «LA EMPRESA» indique, inclusive aquellos considerados como peligrosos conforme a las disposiciones mexicanas de equilibrio ecológico; exceptuándose aquellos desperdicios por los cuales «LA EMPRESA» otorgue autorización por escrito a «LA CONTRATISTA» para su uso en territorio nacional, y en apego a las disposiciones aduaneras del país contratante.DE LA PROPIEDAD DE «LOS PRODUCTOS»SEXTA.- Al amparo de este Contrato, «LA CONTRATISTA» no deberá ser considerada propietaria de «LOS PRODUCTOS», insumos, herramientas, refacciones, equipos y materiales que le sean entregados en consignación por «LA EMPRESA», a excepción de los desperdicios generados en el proceso de confección, previa autorización conforme se señala en la cláusula que antecede. Las facturas pro-forma emitidas por «LA EMPRESA» para cumplir con los requerimientos aduanales para la importación o las expedidas por «LA CONTRATISTA» para el retorno de «LOS PRODUCTOS» herramientas, refacciones, equipos y materiales no deberán ser consideradas como pruebas de la transferencia de propiedad a favor de «LA CONTRATISTA».DE LA ENAJENACIÓN DE «LOS PRODUCTOS»Sí‰PTIMA.- «LA CONTRATISTA», no podrá enajenar o disponer de «LOS PRODUCTOS», herramientas, refacciones, equipos y materiales propiedad de «LA EMPRESA», excepto cuando se obtenga previamente autorización por escrito de «LA EMPRESA», y se dé cumplimiento con las disposiciones aduaneras que para ello tengan lugar, en cuyo caso «LA CONTRATISTA» las recibirá bajo el carácter de depositario, y mantendrá en buen estado «LOS PRODUCTOS» herramientas, equipos y materiales remitidos por «LA EMPRESA», en los términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables.DE LAS MUESTRAS REQUERIDAS POR LAS AUTORIDADESOCTAVA.- «LA EMPRESA» autoriza expresamente a «LA CONTRATISTA» a que entregue cualquier muestra de «LOS PRODUCTOS» herramientas, equipos y materiales, que oficialmente sean requeridos por cualquier dependencia gubernamental del Gobierno Mexicano, comunicando a «LA EMPRESA» de estos sucesos en un plazo que no excederá de 24 horas.DE LA COMERCIALIZACIÓN EN TERRITORIO NACIONALNOVENA.- Cuando se requiera que los «LOS PRODUCTOS» ensamblados por «LA CONTRATISTA», sean comercializados en el país, ambas partes establecerán las condiciones de compra-venta y precios por escrito en documento separado.DEL CARíCTER DE DEPOSITARIODí‰CIMA.- «LA EMPRESA» conservará la propiedad de los equipos y maquinaria proporcionados a «LA CONTRATISTA», quien los mantendrá en su carácter de depositario y los conservará en buen estado, libres de cualquier gravamen o afectación; cuando existiera alguna acción legal en contra de «LA CONTRATISTA», que afecte el equipo o maquinaria, «LA CONTRATISTA» notificará de inmediato a «LA EMPRESA» a efecto de que se tomen todas las medidas y recursos legales necesarios para proteger dichos bienes.DE LA CONTRAPRESTACIÓN POR EL SERVICIO DE MAQUILADí‰CIMA PRIMERA.- Las partes contratantes, convienen en que «LA EMPRESA» pagará a «LA CONTRATISTA» como contraprestación por los servicios prestados la cantidad de US$ XX Dólares Americanos por la confección de un polo XXXDEL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES LEGALESDí‰CIMA SEGUNDA.- «LA CONTRATISTA» conviene y se obliga a cumplir con las leyes y reglamentos existentes en Perú con el objeto de evitar sanciones impuestas por el gobierno o acciones intentadas por este último que afecten a «LOS PRODUCTOS», herramientas, refacciones, equipos y materiales de cualquier naturaleza propiedad de «LA EMPRESA», y con ello conservarlos libres de gravamen, reclamaciones o cargo que pudiere imponer la Federación, Estado o Municipio.DE LA GARANTíA DE LOS IMPUESTOSDí‰CIMA TERCERA.- «LA CONTRATISTA» podrá ofrecer la maquinaria, equipo, materiales, partes, refacciones y herramientas como garantía de los créditos fiscales determinados por las autoridades fiscales mexicanas, respecto del pago de aranceles o impuestos omitidos, siempre que se obtenga la autorización por escrito de «LA EMPRESA».DEL APOYO GERENCIAL Y Tí‰CNICODí‰CIMA CUARTA.- «LA EMPRESA» pondrá a disposición de «LA CONTRATISTA» el personal a nivel gerencial y técnico altamente calificado, con el propósito de que:1. Las obligaciones asumidas por «LA CONTRATISTA» conforme al presente contrato sean cumplidas en forma debida y eficaz.2. «LA EMPRESA» pueda asegurar que «LOS PRODUCTOS», herramientas, refacciones, equipos y materiales que se entreguen a «LA CONTRATISTA», con el propósito indicado en la CLíUSULA PRIMERA del presente contrato, sean utilizados eficaz y exclusivamente para ello.3. Las instalaciones de «LA CONTRATISTA» sean dirigidas por personal técnico y administrativo calificado.
DE LA ASESORíA Y ASISTENCIADí‰CIMA QUINTA.- La asistencia y servicio que preste «LA EMPRESA» en cumplimiento del compromiso que antecede, incluirá:1. Asesoría y asistencia para determinar el número y clase de empleados necesarios para operar y administrar las instalaciones de «LA CONTRATISTA», así como el alcance y requisitos de funciones y puestos.2. Asesoría y asistencia en el establecimiento de procedimientos de compras, obtención de materias primas y otros suministros.DE LA VIGENCIA DEL CONTRATODí‰CIMA SEXTA.- La vigencia de este contrato será indefinida; no obstante, se podrá dar por terminado anticipadamente por cualquiera de las partes previa notificación, que se realice en los términos de la cláusula siguiente y/o con 60 (sesenta) días naturales de anticipación.DE LAS NOTIFICACIONESDí‰CIMA Sí‰PTIMA.- Las partes convienen en que todas las notificaciones y demás comunicaciones requeridas o que se deseen dar de conformidad con este Contrato deberán efectuarse por escrito ya sea en forma personal o por cualquier medio electrónico donde obre acuse de recibo por cualquier medio y surtirán sus efectos en la fecha de entrega personal o al día siguiente de su envió por cualquier medio electrónico u óptico, cuando éste se realice por servicio de mensajería reconocido nacionalmente y que mantengan el registro del lugar, fecha y hora y persona que reciba el envío o si dicho envío se realiza con acuse de recibo para la otra parte por telefax, y en todos los casCuando se dirija a «LA EMPRESA»:
Dirección de la empresa
Cuando se dirija a «LA CONTRATISTA»:
Dirección del contratistaDE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATODí‰CIMA OCTAVA.- Este Contrato podrá terminarse por causas específicas previa notificación por escrito de las partes, conforme a lo siguiente:
DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIADí‰CIMA NOVENA.- Para la interpretación, cumplimiento y ejecución, en su caso, del presente Contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de Lima, renunciando a cualquier otra que pudiera corresponderles por razón de su domicilio o cualquier otra circunstancia.Las partes firman este contrato por conducto de sus representantes debidamente autorizados el día XXXX
LA EMPRESA
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LA CONTRATISTA _________________________NOMBRE |